Especial REFORMA

Proyecto Propone acabar el CNSSS

Todavía falta mucho por debatir sobre la reforma a la Ley 100 pero, de lo visto y oído hasta ahora, hay un tema que, como no es el más polémico, está pasando “de agache”: el proyecto que presentaron para la discusión el senador Germán Aguirre Muñoz y el representante a la Cámara Jorge Morales Gil, del Partido Liberal, que propone crear la Comisión de Regulación en Salud –Cres-, y que, prácticamente, acaba con el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud –Cnsss-.

Que acabe con la Cnsss no es tan grave, puesto que es un organismo que, dicho por muchos, no funciona como debe ser. Por ejemplo, dice la Andi, “dicho organismo carece de autonomía administrativa, presupuesto propio, capacidad para desarrollar un sistema de indicadores mínimos de resultados y de la financiación necesaria para ejecutar sus acciones de manera independiente, lo que ha redundado en el resultado de sus actuaciones hasta el momento”.

El problema es que dicha Cres estaría integrada por el Ministerio de Hacienda, Planeación Nacional y tres delegados del Gobierno Nacional, como quién dice, toda la Comisión sería del Gobierno, una junta despótica.

“La propuesta de una comisión reguladora no es nueva. La idea original era que la salud tuviera un ente regulador, como lo tienen los servicios públicos, cuyos delegados fueran expertos en el tema, con autonomía presupuestal, con salas técnicas, por ejemplo para lo jurídico, económico y administrativo, con el fin de que se implementara una metodología de evaluación de pares”, dice Juan Carlos Giraldo, director general de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas –ACHC- y asesor permanente del Cnsss. “Para lograrlo, obviamente, es necesario que esta comisión sea independiente del Gobierno Nacional, que no sea el Presidente el que nomine y postule a los delegados”.

Y continúa: “la Comisión debe ser hecha para, como su nombre lo dice, regular el Sistema de Salud en lo económico, por ejemplo, para temas como UPS, POS, tarifas, financiación del Sistema, pero no para otros temas como presupuesto del Fosyga, ni lo administrativo del Régimen Subsidiado”.

El punto principal de la discusión es si esta Cres debe reemplazar o trabajar a la par del Cnsss, pero para ello no es necesario que se pierdan todos los espacios de participación que tienen las distintas entidades representadas en el Cnsss.
La Andi, que tiene un lugar en la Cnsss como representante de los gremios empleadores, sugiere el fortalecimiento del Consejo pero también acepta que se adopte una comisión de regulación siempre y cuando esté “integrada con por lo menos siete miembros; uno de ellos, debe ser del sector trabajador y otro, del sector empleador, atendiendo a los modelos internacionales de salud y al Convenio 144 de la OIT y rendir, de la misma forma que lo hace hoy el Cnsss, un informe anual al Congreso de la República sobre la agenda que trabajará”.

Algunos puntos de la propuesta liberal

Créase la Comisión de Regulación en Salud –Cres- como unidad administrativa especial, con personería jurídica, independencia administrativa, técnica y patrimonial; y adscrita al Ministerio de Protección Social. Se le dará al actual Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud –Cnsss- un carácter de asesor del Ministerio de la Protección Social y de la Cres.

La Cres estará integrada de la siguiente manera: El Ministro de la Protección Social o en su defecto el Viceministro de la Protección Social en Salud, quien la presidirá; el Director del Departamento Nacional de Planeación y tres Comisionados de dedicación exclusiva. Los tres comisionados serán designados por el Presidente de la República, de candidatos que presenten las Universidades que tengan Facultades de Salud Pública, Facultades de Economía y Facultades de Química Farmacéutica, en un número no mayor de uno por cada Universidad; y ejercerán por períodos individuales de tres años, reelegibles por una sola vez y no estarán sujetos a las disposiciones que regulan la carrera administrativa.

La Cres ejercerá las siguientes funciones:
*  Definir los Planes Obligatorios de Salud (POS) que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) garantizarán a los afiliados según las normas de los Regímenes Contributivo y Subsidiado.

*  Definir el listado de medicamentos esenciales y genéricos que harán parte de los Planes de Beneficios.

*  Definir los criterios generales de selección de los beneficiarios del régimen Subsidiado por parte de las entidades territoriales, para lo cual otorgará prioridad a los grupos de personas de escasos recursos económicos y vulnerables, y garantizará la calidad en la prestación de los servicios y que no haya selección adversa y selección de riesgo.

*  Definir el valor de la Unidad de Pago por Capitación del régimen Contributivo y del régimen Subsidiado.

*  Definir el valor por beneficiario de los subsidios parciales en salud, sus beneficios y los mecanismos para hacer efectivo el subsidio.

*  Definir el régimen que deberán aplicar las EPS para el reconocimiento y pago de las incapacidades originadas en enfermedad general o en las licencias de maternidad, según las normas del Régimen Contributivo.

*  Establecer las tarifas de los servicios prestados en los casos de riesgos catastróficos, accidentes de tránsito y atención inicial de urgencias.

*  Definir las medidas necesarias para evitar la selección adversa y selección de riesgo de usuarios por parte de las EPS y de los entes territoriales. Y más…

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Noticias Rápidas

Asociaciones de Usuarios de alto costo afiliados al Seguro Social temen por improvisación del Gobierno. Por esta razón exigen al Gobierno Nacional un compromiso serio de permitir la continuidad y respeto de sus derechos en caso de una liquidación del Instituto.


Cerca de 8 millones de personas de los niveles uno, dos y tres del Sisben ingresarán al Régimen Subsidiado de salud durante los próximos 4 años. De acuerdo con las proyecciones del Ministerio de la Protección Social en el 2007 ingresarán al Régimen Subsidiado 2 millones de personas, al año siguiente 3 millones y en el 2009, otros 3. Del total de nuevos afiliados, 7 millones serán cubiertos por subsidios plenos y un millón mediante subsidios parciales.


La reforma aprobada contempla la creación de la Comisión de Regulación en Salud (CRES), como unidad técnica especial adscrita al Ministerio de la Protección Social, que se encargará de definir los Planes Obligatorios de Salud, el listado de medicamentos, las reglas para el traslado de afiliados entre EPS y el valor de la Unidad de Pago por Capitación en ambos regímenes de recomendar proyectos de ley o decretos reglamentarios que sean necesarios, entre otras funciones.

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ANTE TODO, AUTONOMÍA PROFESIONAL DEL MÉDICO.
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Conclusiones del Seminario de Seguridad Aimentaria